Subvenciones para la Mejora de la Eficiencia Energética en Viviendas
En Saclima te ayudamos a acceder a las subvenciones que promueve el Real Decreto 853/2021 para la rehabilitación energética de viviendas. Estas ayudas están diseñadas para fomentar la sostenibilidad, reducir el consumo energético y mejorar el confort en el hogar.
¿Quién puede solicitar estas ayudas?
Pueden ser beneficiarios:
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Propietarios, usufructuarios o arrendatarios (personas físicas o jurídicas).
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Administraciones públicas u organismos públicos.
Importante: No podrán solicitarlas viviendas unifamiliares que ya hayan recibido ayudas europeas similares.
Requisitos principales
Para optar a la ayuda, se deben cumplir estas condiciones:
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La vivienda debe ser domicilio habitual y permanente.
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La actuación debe suponer un coste mínimo de 1.000 € por vivienda.
¿Qué actuaciones son subvencionables?
La intervención debe lograr al menos uno de estos objetivos:
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Reducir la demanda energética anual de calefacción y refrigeración en un mínimo del 7%.
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Reducir el consumo de energía primaria no renovable en al menos un 30%.
¿Qué gastos están cubiertos?
Los siguientes conceptos son subvencionables:
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Coste de las obras.
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Honorarios profesionales.
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Proyectos, certificados e informes técnicos.
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Gastos administrativos.
No se subvencionan: impuestos, tasas, intereses financieros ni licencias de obra.
Cuantía de la ayuda
La subvención cubre el 40% del coste de la actuación, con un máximo de 3.000 € por vivienda.
¿Cuál es el plazo para solicitarla?
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Desde el 23 de enero de 2025 hasta el 27 de febrero de 2026.
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La administración resolverá la solicitud en un plazo máximo de tres meses.
¿Qué documentación necesito?
Para presentar la solicitud correctamente, deberás aportar:
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Formulario de solicitud.
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Contrato con el agente o gestor de rehabilitación (en Saclima podemos ser tu gestor).
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Presupuesto detallado y aceptación firmada por el propietario.
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Certificado de empadronamiento.
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Licencia urbanística (o su solicitud).
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Acreditación jurídica sobre la vivienda:
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Propietarios y usufructuarios: Nota simple del Registro de la Propiedad.
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Arrendatarios: Documento que autorice las obras y el cobro de la ayuda.
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Si la vivienda tiene más de 50 años:
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Informe de Evaluación del Edificio (IEEV.CV), firmado por técnico competente y registrado.
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Certificados de eficiencia energética antes y después de la reforma (en archivo editable y con el mismo software).
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Declaraciones responsables sobre el cumplimiento de la normativa.
¿Necesitas ayuda para gestionar tu subvención?
En Saclima somos tu agente de rehabilitación. Te acompañamos en todo el proceso: evaluación energética, presupuesto, tramitación de la ayuda y ejecución de las obras.
📞 Contáctanos para más información y comienza a transformar tu vivienda en un hogar más eficiente y sostenible.